martes, 18 de junio de 2019

Aclara TSJCDMX “no estar medrando” 
con el Caso New’s Divine
· La funcionalidad del TSJ no obedece a coyunturas políticas, ni a manipulaciones externas que no sea la legalidad desarrollada por la autonomía que emerge de los propios jueces y magistrados conforme a Derecho, durante los diversos casos que la sociedad acude a solicitar al soberano ejercicio de la aplicación de la Ley, de manera pronta y expedita.
· El aparato de justicia de la capital de la república determinó a través del Consejo de la Judicatura local, cambiar de adscripción al juez Ángel Aarón Cámara del Caso New’s Divine, bajo el concepto por “necesidades del servicio”, instrumento jurídico que contempla la política del NSPA.

BLAS A. BUENDÍA
Reportero Free Lance

JUAN CARLOS MARTINEZ
Editor El Corredor Informativo
jeancarleon@hotmail.com

Ante la ola de protestas ciudadanas por el cambio de adscripción del impartidor de justicia que estaba llevando el ejercicio de la misma en el Caso New’s Divine, tratándose del juez local Ángel Aarón Cámara Atristáin, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México aclaró que esta instancia no pretende cambiar el ocurso de las investigaciones que la Procuraduría General de Justicia inició en tiempo y forma, y mucho menos se trate que se esté “medrando” con la tragedia que hace once años entristeció a la capital del país.
Funcionarios de alto nivel de la Casa de Justicia de Niños Héroes, entrevistados por este reportero, destacaron que la remoción del juez Cámara Atristáin de ningún modo se le puede considerar que haya la interpretación de ocultar acciones sino que obedece a la estructura del Nuevo Sistema Penal Acusatorio (NSPA), el cual entró en vigencia el 18 de junio de 2016.
En aquella cálida media noche del sábado 18 de junio, teniendo como escenario el Altar a la Patria localizado en el Bosque de Chapultepec, los Poderes de la Unión avalaron la puesta en marcha del NSPA, mismo que representa una innovación en la forma de impartir justicia en México, en un marco de “entre la confrontación y la rapidez” en los Juicios Orales que son parte de sus características, connotándose en un pleno ejercicio democrático que beneficien a las partes que entran en litigio.
El aparato de justicia de la capital de la república determinó a través del Consejo de la Judicatura local, cambiar de adscripción al juez Ángel Aarón Cámara del Caso New’s Divine, bajo el concepto por “necesidades del servicio”, instrumento jurídico que contempla la política del NSPA. 
“La funcionalidad del TSJ no obedece a coyunturas políticas, ni a manipulaciones externas que no sea la legalidad desarrollada por la autonomía que emerge de los propios jueces y magistrados conforme a Derecho, durante los diversos casos que la sociedad acude a solicitar al soberano ejercicio de la aplicación de la Ley, de manera pronta y expedita”, afirmó un informante.
Si bien la acción de haber removido al juez Ángel Aarón Cámara en la víspera de cumplirse once años de la tragedia de la colonia Nueva Atzacoalco, localizada en el perímetro de la Alcaldía Gustado A. Madero en la Ciudad de México, tampoco se puede conjeturar que se esté ocultando situación alguna en la aplicación de resolución conforme a la ley del Caso New’s Divine, donde lamentablemente murieron nueve jóvenes y tres policías, en la tarde del 20 de junio de 2008.
Detalla que es la figura del Ministerio Público y no el TSJ que en el ejercicio de sus facultades constitucionales lleve al cabo las investigaciones necesarias para recabar los suficientes elementos y determinar, por parte de las autónomas instancias del tribunal, todo fallo judicial, pero pensar que la remoción de Aarón Cámara como titular del Vigésimo Noveno Juzgado Penal, haya sido por “presiones políticas”, es totalmente incierto.
El juez Ángel Aarón Cámara Atristáin, quien llevaba el caso del New´s Divine, fue removido por “necesidades del servicio”, según fue anunciado por Zaira Liliana Jiménez Seade, secretaria general del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México el pasado 17 de mayo, con número de oficio CJCMX-SGPL- 8333/2019.
En ese documento oficial se especifica que el titular tiene la capacidad de cambiar de adscripción a sus trabajadores dentro de la misma población sin que tenga que acreditar las necesidades del servicio. 
La figura jurídica “necesidades del servicio” 
Cabe hacer notar que la figura “por necesidades del servicio”, no es un cheque en blanco, es decir, si hay alguna expresión secularmente invocada por la Administración frente a los funcionarios para que cumplan lo mandado sin rechistar es la de “necesidades del servicio”.
Ha sido la varita mágica de la autoridad que permitía justificar en tan alta como difusa misión (necesidades de servicio) la obligación de prestar horas extraordinarias, el traslado del funcionario, la atribución selectiva de complementos retributivos, la promoción interna de unos y postergación de otros, la obligación de llevar uniforme o de atender al público en condiciones penosas, etcétera.
Pero tras la cortina de tan festiva expresión (“necesidades del servicio”) se cobijaba variada mercancía: en unos casos, se salvaguardaba ciertamente la eficacia administrativa pero en otros contribuía a legitimar un abuso (o sea, por decirlo humorísticamente, más que “necesidades de servicio fijadas por el jefe”. suponía “quedar fijado para prestar servicio a las necesidades del jefe”, que no es lo mismo).
Por eso, desde la aprobación de la Constitución local se inició una línea (tímida primeramente y firme después) encaminada a llevar a cabo el tránsito jurisprudencial de las “necesidades de servicio” como concepto discrecional (o cheque en blanco) para convertirse finalmente en un concepto jurídico indeterminado pero objetivamente controlado (o cheque relleno), de forma que hoy día, para hacer uso de tal justificación es preciso: primero, invocar tales necesidades del servicio; segundo, justificarlas; y tercero, justificar que para tales necesidades de servicio es adecuada su imposición a un funcionario o funcionarios concretos con preferencia a otros). Tránsito que guarda armonía con idéntica evolución del concepto de “urgencia”, pretexto frecuente para eludir procedimientos ordinarios.
Interpretaciones de la sociedad
En la víspera de cumplirse once años del operativo fatídico del New’s Divine, donde murieron 12 personas, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México le quitó el caso por “necesidades del servicio” al juez local Ángel Aarón Cámara Atristáin, quien durante los últimos años luchó por hacer justicia e impidió que se le diera carpetazo a la investigación.
Mediante el oficio CJCMX-SG-PL-8333/2019, Cámara Atristáin fue informado por el Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México, mediante  la Maestra Zaira Liliana Jiménez Seade,  de su remoción del caso.
En despachos periodísticos, es necesario mencionar, se detalla que el Presidente del Consejo de la Judicatura de la capital del país es también presidente del TSJ de la CDMX, Rafael Guerra Álvarez, quien hace 11 años fue el juez de la causa penal que llevó el caso New’s Divine.
El juez Cámara Atristáin había señalado que si el Estado no sirve para proteger a las víctimas pierde razón de ser desde su esencia misma.
“Un jefe de Gobierno, un jefe de un operativo o un jefe de la policía, nadie ha respondido por los homicidios en un hecho tan lastimoso”, aseguró en ocasiones anteriores. Incluso lamentó que el caso no se ha podido resolver por las instancias de justicia en México y aseguró que la Corte Interamericana de Derechos Humanos puede llegar a calificarlo por un delito de lesa humanidad.
“Hay mucho qué hacer y la verdad nadie ha hecho nada, entiendo la postura de ustedes señores fiscales, pues vienen aquí a la materia sustantiva para dar contestación a esas álgidas interrogantes de las víctimas y del asesor jurídico”, indicó.
Recordar que el juez Cámara Atristáin había ordenado a los fiscales de la Ciudad de México, de la Procuraduría local, volver a realizar las investigaciones del caso desde cero; sin embargo, no se realizaron. “Curiosamente hoy sucedió al revés, cerraron la puerta a las víctimas y empoderaron al imputado (Francisco Chíguil, alcalde de la GAM)”.
El juez había solicitado que el morenista Chíguil dimitiera al cargo de alcalde; incluso pidió a la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbau, y a la procuradora Ernestina Godoy, solicitar a Chíguil separarse del cargo para ser enjuiciado. Hasta el momento no lo ha hecho.
A la fecha, sólo se le ha dictado sentencia a uno de los presuntos responsables del fallido operativo de seguridad: Alfredo Maya, dueño de la disco New’s Divine. Ningún jefe policiaco o uniformado, podrían están detenidos, ya que con elementos de defensa, fueron absueltos  ex mandos policiacos tras las muertes registradas en ese antrillo de mala muerte.
Además de que el informe de esta tragedia quedó reservado por tiempo indefinido, en los anales judiciales se han apilado un total de 287 tomos que aguardan justamente el inapelable fallo en los juicios que se han promovido por dicho Caso.
“Se cumplen once años de impunidad”, puntualizaron dolientes de las víctimas.

miércoles, 12 de junio de 2019

 A TERMINAR CON LA CONOCIDA
“PUERTA GIRATORIA”:
MAG. ÉLFEGO BAUTISTA PARDO
·  ¡Ya basta!
·  Delincuencia y violencia, temas endémicos

BLAS A. BUENDÍA
Reportero Free Lance

JUAN CARLOS MARTINEZ
EDITOR

Al urgir reformas de leyes necesarias para terminar con la conocida “puerta giratoria”, el magistrado civilista Élfego Bautista Pardo tocó un tema tan delicado que llama a la reflexión para que los agentes de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, concreten acciones que redunden en el desarrollo social y encontrar caminos de mayor seguridad. 
En su análisis Así es el Derecho, precisa que en los últimos días, la atención de los habitantes de la Ciudad de México, quizá del país entero, estuvo centrada en Norberto Ronquillo Hernández (QEPD), el joven estudiante secuestrado la semana pasada al salir de su universidad, ubicada al sur de la capital de la República, y cuyo cuerpo, lastimosamente, fue encontrado sin vida al principio de esta semana.
Suceso que es triste y alarmante no sólo para su familia, sino también para miles de ciudadanos que sentimos la tragedia del prójimo y, además, pensamos: “Pude ser yo”, “pudo ser un pariente”, “un amigo”, y es que la percepción de inseguridad, el aumento de la delincuencia y la violencia son temas ya endémicos en el país.
Las causas tal vez son añejas, identificadas con equivocadas políticas públicas de seguridad, recrudecidas por la falta de educación, la carencia de oportunidades, salarios bajos, la desintegración de la familia y el desgajamiento de los valores sociales. No podemos cambiarlas hoy, son parte del pasado, y trabajar para educar a las personas y crearles oportunidades de vida que las aleje de la delincuencia, requiere tiempo y, sin duda, dará resultados, pero a muy largo plazo.
Hoy debemos buscar soluciones concretas, acciones de gobierno contundentes, apoyadas en un cambio de actitud cívica ante la delincuencia. ¡Ya basta!, a todos nos corresponde trabajar en ello.
El Poder Legislativo debe efectuar las reformas de leyes necesarias para terminar con la conocida puerta giratoria, mejorar el sistema penal acusatorio a fin de asegurarnos de que quienes delincan reciban las penas que les convenzan de lo conveniente de no violar la ley y no reincidir en el delito.
Es necesario porque al día de hoy hay muchos mecanismos jurídicos para que las personas que cometan delitos, aunque sean detenidas en flagrancia, reciban beneficios que les permitan de inmediato regresar a su vida “normal”, sus actividades al margen de la ley. En concreto el llamado “nuevo sistema” (penal acusatorio) debe ser mejorado, o cambiarlo si aun así no funciona.
Por su parte, el Poder Ejecutivo debe recurrir a todos los elementos con que cuenta para mejorar las condiciones de las autoridades investigadoras, de las policías de seguridad pública urbana, de las propias fuerzas armadas y de la guardia nacional. Implica capacitación constante, mejorías en sus condiciones laborales y empleo, defensa de sus derechos y reivindicación de su imagen ante la sociedad.
Sobre todo, permitiéndoles el libre ejercicio de la potestad estatal que representan, actuar conforme a las circunstancias que enfrenten, sin miedo a represalias por hacer su trabajo, por cuidar de la sociedad, aunque constreñidos, desde luego, al respeto irrestricto a los derechos humanos.
En el Poder Judicial debemos aprender a ponderar los derechos humanos de las víctimas, de la sociedad y de los infractores, no se trata de tener prejuicios contra las personas imputadas de probable comisión de un delito, ni de olvidar que además de dirimir controversias entre particulares, debemos velar por la prevalencia del Estado de Derecho, la paz y el orden, respetando en el marco jurídico vigente.
Lo más relevante para éxito de esta empresa es el compromiso social, que todos participemos. Tenemos identificados puntos donde se realizan actividades ilícitas e incluso a personas. Así es el Derecho, concluye el magistrado Élfego Bautista Pardo, titular de la Quinta Sala Civil, Tercera Ponencia, del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.

miércoles, 29 de mayo de 2019

Inseguridad, Gran Problema
Nacional: Magistrado Élfego Bautista Pardo

*** Listas, leyes para Guardia Nacional

BLAS A. BUENDÍA
Reportero Free Lance

JUAN CARLOS MARTINEZ 
EDITOR
jeancarleon@hotmail.com

Por incómodo que sea hablar del tema, debemos aceptar que la inseguridad es uno de los grandes problemas nacionales de actualidad y se ha recrudecido el nivel de violencia que se vive en el país desde hace dos sexenios, pues constantemente nos enteramos de hechos abominables como las ejecuciones registradas el fin de semana pasado en Michoacán, dijo el magistrado civilista Élfego Bautista Pardo.
En su análisis semanas Así es el Derecho, el jurisconsulto precisó que ante problemas concretos deben buscarse y proponerse soluciones específicas, y el Gobierno Federal ha planteado la creación de la Guardia Nacional como instrumento que devuelva a los ciudadanos la tranquilidad necesaria para realizar sus actividades diarias, sea ir a trabajar, a atender sus negocios, a estudiar o a algún tipo de recreación.
Y abunda: El 14 de marzo de este año se declaró constitucional la creación de la Guardia Nacional, para cuyo adecuado y legal funcionamiento era necesaria la expedición de varias leyes, como las de la propia Guardia Nacional, la General de Registro de Detenciones y la Nacional Sobre el uso de la Fuerza, además de reformas a la General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Están listos tanto los nuevos instrumentos jurídicos como el reformado, pues el pasado 27 de mayo fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación. Son precisos para que esa institución, de carácter civil, disciplinada y profesional, emprenda sus tareas de seguridad pública. Está adscrita a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, a cargo de la Federación, y colaborará sólo temporalmente y mediante convenio en las tareas de seguridad pública competencia de las entidades federativas o varios municipios.
Su finalidad es salvaguardar la vida, integridad, seguridad, bienes y derechos de las personas, así como preservar las libertades, contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social, proteger los bienes y recursos de la nación y llevar a cabo acciones de colaboración y coordinación con entidades federativas y municipios. Para el cumplimiento de sus atribuciones contará con los recursos humanos, económicos y materiales necesarios, tendrá varios niveles de mando y la posibilidad de que se haga carrera dentro de la misma institución.
Proporcionar seguridad a los habitantes del país es hoy quizá la labor más importante del Estado, es una forma de garantizar realmente los derechos y libertades individuales, además de contribuir directamente a la inversión privada y, por lo tanto, creación de empleos. Es por esto que todos los ciudadanos esperamos con ansia que la Guardia Nacional tenga buenos resultados en su implementación y tenga éxito el programa del Gobierno Federal para el caso; claro que el camino no se vislumbra fácil y requerirá tiempo poder apreciar los resultados del arduo trabajo de la nueva institución.
Para lograr la restitución de la seguridad, el orden y, en consecuencia, la sana vigencia del Estado de Derecho, es necesaria la participación conjunta de todas las instituciones del Estado y, sin lugar a dudas, la labor de la Guardia Nacional será fundamental; sin embargo, no podemos dejar de lado las obligaciones ciudadanas.
La primera es respetar la ley, no delinquir ni solapar a quien lo haga, respetar los derechos humanos de nuestros pares y, sobre todo, hacer nuestra la cultura de la denuncia, ya que para poder sancionar los delitos y prevenirlos, es fundamental que participemos con civilidad, individualmente o en familia. Así es el Derecho, puntualizó, Élfego Bautista Pardo, magistrado de la Quinta Sala Civil, Ponencia 3 del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.

lunes, 27 de mayo de 2019

LA PGJ CDMX EN EL AÑO 2014 OCULTO EVIDENCIA
PSICOLOGICA DEL PERIODISTA JUAN CARLOS MARTINEZ NAVA, QUE ACREDITA DAÑOS.

La Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México (INVI-CDMX), en el año 2014, dejan en estado de indefensión total al artista plástico, periodista y abogado, Juan Carlos Martínez Nava, pues otra de las evidencias que nunca presentó ni apareció en la averiguación previa FCH/CUH-8/T1/01102/14-03, fue la pericial psicológica para determinar el grado de afectación psicológica, física,  y espiritual, por los delitos cometidos en su contra de robo de sus obras de arte con valor, ya de más, de un millón de pesos, su biblioteca personal de más de mil libros entre ellos autografiados por grandes figuras literarias como su gran amigo Carlos Monsiváis, Leonora Carrington, por mencionar algunos, el despojo del bien tutelados como fue la posesión del inmueble ubicado con el número 234 numero 1, en calle de Doctor Río de la Loza, colonia Doctores, ahora Alcaldía Cuauhtémoc, y la privación ilegal de la libertad por más de seis horas por parte de elementos de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP-.CDMX).
Cómo recordaremos uno de los principales ataques fue orquestado por funcionario públicos del instituto de la vivienda (INVI-CDMX), agente del Ministerio Público en la CUH-8, ubicada en calle de Chimalpopoca 100, colonia Obrera y grupo de choque dedicado a esta actividad que desde hace décadas se dedican al despojo del patrimonio la tranquilidad.
Los inconformes por las indagatorias que el mismo escritor realizó, en días pasados fue amenazado de muerte por sus contrarios a fin de que retire la denuncia interpuesta ante las autoridades del Ministerio Público en la Cuh-8 con número de averiguación previa ya mencionada.
La denuncia fue presentada en tiempo y forma con nuevo número de carpeta de Investigación carpeta CI-FCH/CUH-8/UI-3S/D/04333/11-2018, por el delito de amenazas de muerte y que conlleva a diversos ataques por parte de autoridad ya denunciadas como son la Carpeta de Investigación CI-FSP/B/UI/-B-3 C/D/1519/05-1017 y su acumulado FSP/B/UI-B-3 C/D/988/03-2017 por abuso de autoridad.
Estas intimidaciones dicen el intelectual en materia cultural que dicen que “--no sabe con quién se mete”. “--se la vamos a voltear lo vamos a acusar de falsedad de declaración y robo”, “--Ya tenemos el poder”.
Cabe hacer mención que estas advertencias fue enviada a uno de los periodistas más importantes del espectáculo y la cultura Alberto Estévez Arriola, ex socio cooperativista del Excélsior,     columnista del El Corredor Informativo, que dirige Juan Carlos Martínez, y escritor en el portátil internacional News Informante de Houston, Texas, quién de inmediato avisó lo sucedido, así como a las autoridades.
Sin embargo, cuáles son los daños ocasionados además de los materiales, los psicológicos, físicos y espirituales a continuación narra que psicología: severo cansancio que a través del tiempo, cinco años de impunidad, es detectado como depresión, por la falta de atención médica, como consecuencia la perdida de la memoria, aunado a lo físico: el incremento de alergias por nerviosismo por estrés y como resultado la ingesta de medicamento dañinos como la Loratadina con betametasona (corticoides) al grado que a afectado su ojos con hasta llegar a la ceguera, aunado a la una leve parálisis de la extremidad derecha superior que impide realizar algunas actividades como escribir correctamente.
Es por eso, que es necesario de suma importancia darle seguimiento a las víctimas del delito u ofendidos, y más cuando se trata de daños psicológicos a través de médicos especializados en la materia a fin de sanear las mentes inteligentes y regresarlas a la su normalidad a pesar de las condiciones difíciles de vida pues las consecuencias son desbastadoras no sólo de manera individual sino colectiva; y es necesario hacerse varias preguntas y más del estado al que se llamó fallido cómo fue posible que la corrupción haya llegado hasta en tema tan delicado que es la salud pública mental?